REAL DECRETO por el que se modifica, para la escala de oficiales enfermeros del Cuerpo Militar de Sanidad, el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería, aprobado por Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica, para la escala de oficiales enfermeros del Cuerpo Militar de Sanidad, el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería.

Con esta modificación se da a los oficiales enfermeros el mismo tratamiento que al resto de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, pasando a ser cinco años el tiempo mínimo de servicios para el ascenso de teniente a capitán (en lugar de nueve años como hasta ahora). Este plazo puede, por necesidades organizativas, reducirse en un año a propuesta de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa.

Las necesidades operativas y organizativas de las Fuerzas Armadas han planteado la conveniencia de esta medida para acomodar los empleos a la creciente responsabilidad asumida por estos oficiales, facilitando el desarrollo de su carrera profesional para alcanzar antes empleos superiores.

Esta reducción de plazos se extiende también al personal de la antigua escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad existente en la derogada Ley 17/1999 y que no se integró en la nueva escala de oficiales enfermeros.

 

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REAL DECRETO por el que se modifica, para la escala de oficiales enfermeros del Cuerpo Militar de Sanidad, el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería, aprobado por Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero.